flatin.es
Menú

Alquiler turístico en España: quién decide y qué licencia hace falta

Comprar una vivienda no da derecho a alquilarla a turistas. Deciden tres instancias: la comunidad autónoma, con su registro o licencia turística; el ayuntamiento, que comprueba la compatibilidad con el planeamiento urbanístico; y la comunidad de propietarios del edificio, que desde abril de 2025 vota por tres quintos. Además, al comprar, la inscripción turística del vendedor a menudo no pasa al nuevo dueño. Si compra para alquilar, compruebe los tres niveles antes de firmar la reserva, no después.

Registro estatal y comunidad de propietarios

El registro único estatal de arrendamientos y su número (NRUA) ya no existen: el Tribunal Supremo los anuló en sentencias de 19 de mayo, 21 de mayo y 1 de junio de 2026. Sigue funcionando la Ventanilla Única Digital, por la que las plataformas envían al Estado los datos de actividad de los anuncios. En el anuncio figura el número de inscripción en el registro de turismo de la comunidad autónoma. El Reglamento (UE) 2024/1028, aplicable desde el 20 de mayo de 2026, obliga a las plataformas a mostrar ese número allí donde exista un procedimiento de registro.

La comunidad de propietarios pesa tanto como la región. Desde el 3 de abril de 2025, un nuevo alquiler turístico en un edificio en propiedad horizontal necesita la aprobación previa y expresa de la junta, por tres quintos de los propietarios que representen a su vez tres quintos de las cuotas (Ley de Propiedad Horizontal, art. 7.3 y 17.12). Con esa misma mayoría la comunidad puede limitar o prohibir la actividad, sin efecto retroactivo, y subir los gastos comunes de esa vivienda como máximo un 20 %. Quien ya alquilaba legalmente a turistas con inscripción autonómica antes de esa fecha puede seguir haciéndolo (disposición adicional segunda de la LPH).

Normas de cada comunidad autónoma

Cada comunidad autónoma regula la vivienda de uso turístico con su propia ley y su propio registro. Lo habitual es presentar una declaración responsable en el registro de turismo de la comunidad, con la referencia catastral, y contar con un informe municipal de compatibilidad urbanística. Varias comunidades cambiaron sus normas en 2025 y 2026, así que un dato de hace un año puede estar desfasado.

Cataluña: en los 262 municipios de la lista del Decreto-ley 3/2023, una vivienda de uso turístico necesita licencia urbanística por cinco años, no puede haber más de 10 viviendas turísticas por cada cien habitantes y solo se admiten donde el planeamiento lo permite. El Tribunal Constitucional avaló la norma (STC 64/2025).

En otras comunidades hay reglas que afectan de lleno al comprador. En varias, la inscripción turística no pasa al nuevo propietario y tras la compra hay que presentar una declaración nueva. Algunas comunidades o islas prohíben nuevas viviendas turísticas en edificios de pisos o exigen una antigüedad mínima del edificio, y en algunas los ayuntamientos pueden limitar o suspender nuevas altas por zonas. La tabla de esta página recoge la norma de cada comunidad con su fecha de comprobación.

Antes de firmar, confirme las reglas en el registro de turismo de la comunidad autónoma y en el ayuntamiento.

Vivienda turística por comunidad autónoma

ComunidadRégimenComunidad de propietarios¿Pasa al comprador?
Andalucía
Texto de la norma

Declaración responsable ante la Consejería con referencia catastral y periodos de explotación; inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía; no en VPO ni en edificaciones en AFO sin autorización; los ayuntamientos pueden limitar el número y suspender nuevas VUT hasta 3 años (DL 1/2025)


Decreto 28/2016 Andalucía (redacción DL 1/2025), arts. 1.3, 2.2, 9.1; DL 1/2025 art. 6 · Comprobado: 17/10/2026
Texto de la norma

Desde 04.03.2025 la declaración incluye la aprobación expresa de la comunidad y, donde se exija, licencia o declaración de cambio de uso


Decreto 28/2016 Andalucía (redacción DL 1/2025), art. 9.1.e, g · Comprobado: 17/10/2026
Sin dato comprobado: consulte el registro de turismo
Decreto 28/2016 Andalucía (redacción DL 1/2025), art. 4.2 · Comprobado: 17/10/2026
Aragón
Texto de la norma

Declaración responsable con informe municipal vinculante e inscripción en el Registro de Turismo de Aragón; no se permite la cesión por estancias (habitaciones)


Decreto 1/2023 Aragón (Reglamento de viviendas de uso turístico), arts. 15–17; DLeg 1/2016 art. 40 · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) No: el comprador presenta una declaración nueva
Decreto 1/2023 Aragón (Reglamento de viviendas de uso turístico), DLeg 1/2016 art. 26.1.e; Decreto 1/2023 art. 17.1.c · Comprobado: 17/10/2026
Asturias pendiente de comprobar
Ley 7/2001 de Turismo del Principado de Asturias (redacción Ley 6/2024); Decreto 48/2016 (redacción Decreto 4/2026), art. 42 bis · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) No: el comprador presenta una declaración nueva
Ley 7/2001 de Turismo del Principado de Asturias (redacción Ley 6/2024); Decreto 48/2016 (redacción Decreto 4/2026), Ley 7/2001 art. 25 ter.2 · Comprobado: 17/10/2026
Islas Baleares
Texto de la norma

Desde 16.04.2025 no se admiten nuevas declaraciones responsables de VUT en edificios en propiedad horizontal, salvo adosadas, pareadas, unifamiliares aisladas en parcela compartida (desde 14.06.2026) y alquiler de la vivienda principal


Decreto-ley 4/2025 Illes Balears (redacción Ley 4/2026), DA 2ª · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) Sin dato comprobado: consulte el registro de turismo
Decreto-ley 4/2025 Illes Balears (redacción Ley 4/2026), DA 2ª · Comprobado: 17/10/2026
Canarias
Texto de la norma

Vivienda con antigüedad mínima de 10 años (5 en El Hierro, La Gomera, La Palma y municipios de reto demográfico; el planeamiento puede reducirla fuera de zonas tensionadas); declaración por 5 años (10 en islas menores); reserva mínima del 90 % (80 % islas menores) para vivienda permanente


Ley 6/2025 Canarias (redacción Ley 7/2026), arts. 4.1, 5.1, 10.1–2 · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) No: el comprador presenta una declaración nueva
Ley 6/2025 Canarias (redacción Ley 7/2026), DT 1ª.1, 1ª.2, 1ª.11 · Comprobado: 17/10/2026
Cantabria
Texto de la norma

Declaración responsable con informe municipal de compatibilidad, certificado técnico y aprobación previa de la comunidad de propietarios (Decreto 50/2025, BOC 24.07.2025)


Decreto 50/2025 Cantabria, arts. 5–6 · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) Sí, comunicando el cambio de titular
La inscripción pasa al comprador, pero el acuerdo de la comunidad de propietarios (LPH, art. 7.3) se comprueba aparte.
Decreto 50/2025 Cantabria, art. 5.3 · Comprobado: 17/10/2026
Castilla y León
Texto de la norma

Declaración responsable de inicio de actividad conforme al Decreto 3/2017 (arts. 15–17)


Decreto 3/2017 Castilla y León, arts. 15–17 · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) No: el comprador presenta una declaración nueva
Decreto 3/2017 Castilla y León, art. 17.1.b; Ley 14/2010 art. 23.2 · Comprobado: 17/10/2026
Castilla-La Mancha
Texto de la norma

Régimen de viviendas de uso turístico del Decreto 36/2018; los estatutos de la comunidad no deben prohibir la actividad


Decreto 36/2018 Castilla-La Mancha, arts. 6, 16 · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) Sí, comunicando el cambio de titular
La inscripción pasa al comprador, pero el acuerdo de la comunidad de propietarios (LPH, art. 7.3) se comprueba aparte.
Decreto 36/2018 Castilla-La Mancha, art. 6.3 · Comprobado: 17/10/2026
Cataluña
Texto de la norma

En los 262 municipios del anexo (acceso a la vivienda o ≥ 5 VUT/100 habitantes): licencia urbanística de 5 años, renovable, máximo 10 VUT por 100 habitantes y solo si el planeamiento lo permite; las VUT existentes tienen hasta 09.11.2028 (una prórroga de hasta 5 años). STC 64/2025 desestimó el recurso


Decreto-ley 3/2023 Cataluña, arts. 1–2, DT 2ª; DA 27ª TRLU · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) Sin dato comprobado: consulte el registro de turismo
Decreto-ley 3/2023 Cataluña, art. 1 · Comprobado: 17/10/2026
Comunitat Valenciana
Texto de la norma

Cesión de la vivienda completa, por 10 días o menos al mismo usuario, con informe municipal de compatibilidad urbanística; no por habitaciones; referencia catastral en declaración y contratos; inscripción en el Registro de Turismo por 5 años, renovable


Ley 15/2018 de turismo CV (redacción DL 9/2024), art. 65.1, 65.4 · Comprobado: 17/10/2026
Texto de la norma

El acuerdo de la comunidad de propietarios conforme a la LPH se aporta antes de la inscripción


Decreto 10/2021 CV (redacción Ley 3/2026), art. 23.l · Comprobado: 17/10/2026
No: el comprador presenta una declaración nueva
Decreto 10/2021 CV (redacción Ley 3/2026), art. 23 bis.3 · Comprobado: 17/10/2026
Extremadura pendiente de comprobar
Ley 2/2011 de turismo de Extremadura (redacción Ley 6/2018); Decreto 182/2012 (apartamentos turísticos), Ley 2/2011 arts. 60–61; Decreto 182/2012 arts. 2, 24 · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) Sin dato comprobado: consulte el registro de turismo
Ley 2/2011 de turismo de Extremadura (redacción Ley 6/2018); Decreto 182/2012 (apartamentos turísticos), Ley 2/2011 art. 42.t · Comprobado: 17/10/2026
Galicia pendiente de comprobar
Decreto 12/2017 Galicia, arts. 5, 41; Ley 7/2011 art. 65 bis · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) Sin dato comprobado: consulte el registro de turismo
Decreto 12/2017 Galicia, art. 41.3 · Comprobado: 17/10/2026
Comunidad de Madrid
Texto de la norma

Declaración responsable con certificado de idoneidad (CIVUT) y certificado de aprobación de la comunidad; la VUT puede prohibirse conforme a la LPH; 3 años de adaptación (Decreto 27/2026, BOCM 06.04.2026)


Decreto 79/2014 Madrid (redacción Decreto 27/2026), arts. 17 bis.g, 17 ter, 17 quáter · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) No: el comprador presenta una declaración nueva
Decreto 79/2014 Madrid (redacción Decreto 27/2026), art. 17.3 · Comprobado: 17/10/2026
Región de Murcia
Texto de la norma

Declaración responsable ante el Instituto de Turismo e inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas; por habitaciones solo si el titular reside en la vivienda


Decreto 256/2019 Región de Murcia, art. 28 · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) Sí, comunicando el cambio de titular
La inscripción pasa al comprador, pero el acuerdo de la comunidad de propietarios (LPH, art. 7.3) se comprueba aparte.
Decreto 256/2019 Región de Murcia, art. 30.1 · Comprobado: 17/10/2026
Navarra
Texto de la norma

Sin categoría propia de vivienda de uso turístico: pisos en propiedad horizontal como apartamentos turísticos, con declaración responsable e inscripción en el Registro de Turismo de Navarra


Ley Foral 7/2003 de turismo (redacción LF 19/2020); Decreto Foral 230/2011 (apartamentos turísticos), LF 7/2003 arts. 14, 22; DF 230/2011 arts. 2, 3, 9 · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) No: el comprador presenta una declaración nueva
Ley Foral 7/2003 de turismo (redacción LF 19/2020); Decreto Foral 230/2011 (apartamentos turísticos), DF 230/2011 art. 9.2; LF 7/2003 art. 14.6 · Comprobado: 17/10/2026
País Vasco
Texto de la norma

Régimen de viviendas de uso turístico del Decreto 101/2018; en zonas de mercado residencial tensionado, suspensión automática de nuevas viviendas de uso turístico (Ley 6/2025)


Decreto 101/2018 Euskadi; Ley 13/2016 de Turismo (redacción Ley 6/2025), Ley 13/2016 arts. 20.4, 53 · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) Sí, comunicando el cambio de titular
La inscripción pasa al comprador, pero el acuerdo de la comunidad de propietarios (LPH, art. 7.3) se comprueba aparte.
Decreto 101/2018 Euskadi; Ley 13/2016 de Turismo (redacción Ley 6/2025), Decreto 101/2018 art. 10.3; Ley 13/2016 art. 23.2 · Comprobado: 17/10/2026
La Rioja
Texto de la norma

Comunicación de inicio de actividad (no declaración responsable); cesión de la vivienda completa, con placa y número de registro


Decreto 10/2017 La Rioja (Reglamento general de turismo; redacción Decreto 40/2018), arts. 9, 66, 67, 69 · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) Sí, comunicando el cambio de titular
La inscripción pasa al comprador, pero el acuerdo de la comunidad de propietarios (LPH, art. 7.3) se comprueba aparte.
Decreto 10/2017 La Rioja (Reglamento general de turismo; redacción Decreto 40/2018), art. 21.2; Ley 2/2001 art. 8.5 · Comprobado: 17/10/2026
Ceuta pendiente de comprobar
Normativa turística de la Ciudad Autónoma de Ceuta, texto completo · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) Sin dato comprobado: consulte el registro de turismo
Normativa turística de la Ciudad Autónoma de Ceuta, texto completo · Comprobado: 17/10/2026
Melilla pendiente de comprobar
Normativa turística de la Ciudad Autónoma de Melilla, texto completo · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH) Sin dato comprobado: consulte el registro de turismo
Normativa turística de la Ciudad Autónoma de Melilla, texto completo · Comprobado: 17/10/2026
Regla estatal (LPH)

Desde 03.04.2025, iniciar una vivienda de uso turístico en propiedad horizontal exige aprobación expresa de la comunidad (3/5 de propietarios y cuotas); la comunidad puede limitar o condicionar la actividad y elevar hasta un 20 % la cuota de esa vivienda, sin efecto retroactivo

Quien ejercía legalmente la actividad con registro autonómico antes del 03.04.2025 la mantiene en las mismas condiciones

Normas autonómicas en español, con su fecha de comprobación. Antes de firmar, confírmelo en el registro de turismo y en el ayuntamiento.

Qué comprobar antes de comprar

  • Estatutos y actas de la comunidad de propietarios: si prohíben o limitan el alquiler turístico y si la junta ha votado por tres quintos.
  • Ayuntamiento: compatibilidad urbanística del uso turístico en esa dirección.
  • Comunidad autónoma: requisitos de la vivienda y si la inscripción del vendedor se transmite o hay que presentar una declaración nueva.
  • Referencia catastral individual de la vivienda: suele pedirse en la declaración y en los contratos.
  • Número de registro visible en cada anuncio, en todas las plataformas.
  • Seguro de responsabilidad civil que cubra el uso turístico.
  • Datos que las plataformas envían a la Ventanilla Única Digital: deben cuadrar con lo que declara a Hacienda.

Impuestos del alquiler turístico

Si no reside en España, tributa por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). Un residente fuera de la UE y del EEE paga el 24 % sobre los ingresos brutos, sin deducir gastos. Un residente de la UE, o del EEE con intercambio de información tributaria, paga el 19 % sobre el rendimiento neto: puede deducir los gastos relacionados con el alquiler (TRLIRNR, art. 24 y 25).

La declaración es el modelo 210. Con la Orden HAC/623/2026, los ingresos por alquiler pueden agruparse en una declaración anual en lugar de presentarse por trimestres.

Si además ofrece servicios propios de la hostelería —limpieza durante la estancia, cambio de ropa de cama, recepción—, la actividad puede quedar sujeta a IVA (Ley 37/1992, art. 20.Uno.23º). Antes de ofrecerlos, consulte a un asesor fiscal. Los demás impuestos de cada año, en la guía de impuestos del propietario.

Rentabilidad: bruta y neta

La rentabilidad bruta —ingresos del año divididos por el precio— dice poco por sí sola. La neta resta lo que cuesta mantener el alquiler: limpieza y lavandería entre estancias, comisión de la plataforma, suministros, IBI, cuota de comunidad, seguro, mantenimiento e IRNR. Y el alquiler turístico es estacional: la ocupación del verano no se repite en invierno, y unas semanas vacías pesan en el resultado del año.

Haga la cuenta con sus propios supuestos de ocupación y precio por noche y compárela con un alquiler de larga duración. Un cálculo no es una previsión ni una promesa de ingresos: calculadora de rentabilidad del alquiler.

Qué le da la compra

  • La propiedad de la vivienda, inscrita a su nombre en el Registro.
  • La posibilidad de solicitar la inscripción turística, si la comunidad autónoma, el ayuntamiento y la comunidad de propietarios lo permiten.
  • El derecho a usarla usted mismo o a alquilarla como vivienda habitual.

Qué no le da la compra

  • Una licencia o inscripción turística: se solicita aparte y puede denegarse.
  • La inscripción del vendedor: no pasa automáticamente; en varias comunidades hace falta una declaración nueva.
  • Una exención del voto de la comunidad de propietarios.
  • Un número estatal de registro: el NRUA fue anulado.
  • Ingresos garantizados.

Qué ha cambiado

  • 13 de marzo de 2025 — STC 64/2025: el Tribunal Constitucional avala el Decreto-ley 3/2023 de Cataluña.
  • 3 de abril de 2025 — LO 1/2025: un nuevo alquiler turístico en propiedad horizontal necesita el voto de tres quintos de la comunidad.
  • 20 de mayo de 2026 — se aplica el Reglamento (UE) 2024/1028 sobre alquileres de corta duración.
  • Mayo y junio de 2026 — el Tribunal Supremo anula el registro único estatal y el NRUA.
  • 2025–2026 — varias comunidades autónomas cambian sus normas de vivienda turística; vea la tabla por comunidad.

Comprobado el 17/10/2026 con el BOE y los boletines autonómicos. Información general, no asesoramiento jurídico ni fiscal.

Siguiente paso: busque vivienda en el catálogo de obra nueva y haga números con la calculadora de rentabilidad.

Infórmese sobre obra nueva en España
Sin registro y sin cookies.